La Corte de Justicia rechazó el recurso extraordinario interpuesto por el defensor de los tres jóvenes condenados por abusar de una adolescente en 2018 en la localidad de Las Juntas. De esta manera, y a más de un año de la condena, los tres deberán cursar su pena en el Servicio Penitenciario.

Fernando Contreras, abogado de los tres abusadores condenados, había casado la sentencia de 7 años de prisión para los dos primeros y 3 años de prisión para el tercero por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por el grave daño a la salud de la víctima y abuso sexual simple. En sus argumentos adujo que los hechos no habrían existido y que tampoco existió un grave daño a la salud mental de la niña, además de, como suele suceder en estos casos, poner en duda la palabra de la menor de edad.

Sin embargo en junio, la Corte de Justicia había confirmado la condena, pero él letrado presentó un recurso extraordinario con el objetivo de impedir que los tres vayan a la cárcel ya que la sentencia de primera instancia lo obligaba a partir de cuando quedara firme.

Ante la resolución de la Corte, Contreras presentó un recurso extraordinario que según pudo conocer Catamarca12 ayer, le fue negado. Si bien aún le queda el recurso de queja, la sentencia ya quedó firme y los tres abusadores deberán ir a la cárcel.

En la confirmación de la condena los jueces habían respondido de manera unánime y contundente. “No basta disentir con la interpretación dada por el Juzgador sin fundar pormenorizadamente los errores u omisiones en que éste habría incurrido. Para que un agravio sea idóneo como tal, debe realizarse en él una ponderación razonada de la sentencia cuestionada, atacando la misma con fundamentos distintos a los expuestos en el fallo y no solamente con meras palabras que, en definitiva, no constituyen una exposición jurídica y lógica que demuestre que la sentencia es injusta y agraviante y no debe mantenerse”.

"Tenía miedo de pasar de ser Victoria, a ser la chica violada o la chica que miente"

En tanto destacaron la sentencia de la Cámara Penal Juvenil y agregaron: “Las circunstancias apuntadas, descartan que haya existido algún motivo que autorice a pensar que la víctima pudiese inventar semejante acusación en contra de los imputados. Al contrario, quedó acreditado que ella no quería denunciar, no quería exponerse, sentía temor, vergüenza, no quería enfrentar lo que implicaba socialmente poner en conocimiento de la justicia los sucesos sufridos. Ninguna de estas circunstancias ha sido controvertida por la defensa”.

En efecto, a diferencia de lo postulado en el recurso, quedó debidamente demostrado que, a consecuencia de los hechos traumáticos vivenciados, “la víctima sufrió crisis de angustia que le generaron trastornos en la alimentación, en el sueño por presencia de reminiscencias, lo que afectó diversos ámbitos de su vida –aislamiento social por temor a las actitudes y reacciones del entorno-, sintiendo culpa y vergüenza por los sucesos de los que fue víctima”. Agregaron además que todas las psicólogas, incluso la perito de parte de los acusados coincidieron que el abuso existió”.