El abogado laboralista León Piasek calificó de "retroceso" a la reforma laboral incluida en la Ley Bases y que este martes obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados.

“¿Qué empleador va a contratar con todas las de la ley si no va a tener sanciones?", se preguntó Piasek en diálogo con AM750.

“Elimina indemnizaciones agravadas por trabajos no registrados, genera la figura de trabajador independiente que, a su vez, puede contratar a otros trabajadores independientes y autónomos y amplía los períodos de prueba, lo que implica una autorización abusiva por parte de los empleadores para generar una rotación sin ninguna consecuencia de pago indemnizatorio”, enumeró el abogado.

Nunca las reformas de flexibilización laboral generaron empleo. Eso está probado acá y en el mundo”, concluyó Piasek al respecto de la normativa aprobada en la Cámara de Diputados.



En qué consiste la nueva reforma laboral aprobada en la Ley Bases

El apartado denominado "Modernización laboral" fue aprobado con 136 votos afirmativos, 113 negativos y 4 abstenciones. En él, se incluye por ejemplo el reemplazo de las indemnizaciones por un fondo de cese que hará que cada trabajador pague su propio despido y se crea la figura de "trabajador colaborador".

Los puntos más importantes de la reforma laboral

  • Período de prueba: En general, se mantiene el período de prueba de seis meses, aunque se puede ampliar. Además, podrá ser de hasta ocho meses en las compañías de seis y hasta 100 trabajadores, y de hasta un año en las empresas de hasta cinco empleados.
  • Fondo de cese laboral: el mecanismo que sirve para reemplazar a las indemnizaciones y deberá ser constituido mediante convenio colectivo de trabajo; es decir, con un acuerdo entre las cámaras empresarias y el sindicato más representativo del sector. El aporte mensual de este fondo de cese no podrá superar el 8ocho por ciento del salario y correrá unicamente por cuenta del empleador y reglamentado por la Secretaria de Trabajo.
  • Discriminación: si en un despido se prueba judicialmente que fue motivado por un acto dscriminatorio, se estipula allí un “agravamiento indemnizatorio”.
  • Simplificación registral: se establece un régimen simplificado de registración laboral con un aporte único para las empresas de hasta 20 empleados. Además, se prevé un sistema de condonación de multas por trabajador no registrado de hasta un 70% en materia de aportes patronales y seguridad social.
  • Trabajador "colaborador" o "independiente”: se crea la figura del trabajador "colaborador" en la cual una persona podrá contratar hasta cinco trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo.
  • Se establece que no hay relación de dependencia entre ellos, y tanto el trabajador contratante como para los demás abonarán una cuota mensual que sirvan de aportes al régimen previsional, de obras sociales y de riesgos del trabajo.
  • Licencia por maternidad: si bien mantiene el período de 90 días para las licencias por maternidad para personas gestantes, está la opción de trabajar hasta 10 días antes de la fecha estimada del parto, cuando en la actualidad es 45 días. El resto de la licencia quedará para después del nacimiento.